Suspensión de tasas e impuestos – Estado Alarma COVID19

Teniendo en cuenta que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su Disposición adicional tercera.1, que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Considerando que las medidas que conlleva la declaración del estado de alarma hacen especialmente gravoso a los empresarios, comerciantes y vecinos de Santa Pola el cumplimiento con sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento. La alcaldesa de Santa Pola, firma decreto para tomar las siguientes medidas:

  • Declarar la suspensión de los plazos actualmente vigentes para el ingreso de recibos/liquidaciones municipales, incluidos los que hubieran fraccionado, por impuestos, tasas o contribuciones especiales o precios públicos o privados, que actualmente se encuentren pendientes y que no se encuentren delegados en SUMA- Gestión Tributaria.
  • Declarar la suspensión temporal de las autorizaciones sobre concesiones administrativas de la Ocupación de la Vía Pública con respecto a las terrazas de Bares, Restaurantes y establecimientos de ocio.

Esta suspensión durará mientras esté en vigor el estado de alarma y sus eventuales prórrogas.

Este decreto es de aplicación con carácter retroactivo desde el 14 de marzo, fecha de emisión del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma.

Consulta aquí el DECRETO 20 DE MARZO 2020

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20 març, 2020

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