El Ayuntamiento de Santa Pola dispone ya, a pleno rendimiento, de distintas herramientas que permiten la relación electrónica de ciudadanos y empresas con la Administración para determinados trámites.
Entre ellos, destaca el Registro Telemático, disponible desde la web www.desarrollo.santapola.es, a través del cual toda persona (física o jurídica) puede presentar sus escritos, solicitudes, sugerencias, etc… sin necesidad de acudir al Ayuntamiento y sin limitación horaria.
Además, esta forma de relacionarse con la Administración es obligatoria, según establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, para determinadas personas físicas y jurídicas, entre las que se encuentran:
- Profesionales con colegiación obligatoria (abogados, arquitectos, ingenieros, etc…), así como notarios y registradores.
- Entidades con personalidad jurídica propia (sociedades mercantiles, asociaciones, entidades, etc…)
- Entidades sin personalidad jurídica propia (comunidades de propietarios, comunidades de bienes, etc…)
- Así como cualquier persona física que actúe en representación de algunas de las arriba señaladas.
Todas ellas, que hasta ahora seguían presentando sus escritos de forma presencial deberán de relacionarse únicamente por medios electrónicos.
Otra herramienta útil para los ciudadanos es la posibilidad de obtener los certificados y volantes de empadronamiento por vía telemática. Ello es posible a través de la misma web, accediendo al área de “Trámites” – apartado “Padrón”.
Para el acceso a estos servicios telemáticos tan solo se necesita un certificado digital el cual, para los casos de personas físicas, se puede obtener fácilmente en la Agencia de Desarrollo Local, aportando únicamente el DNI.
El uso de estos medios telemáticos ofrece las ventajas de la flexibilidad horaria y, sobre todo, evitar las incómodas colas y esperas, además de suponer una exigencia de la nueva normativa que establece unos plazos para la implantación total de la administración electrónica.